Santo Domingo.– El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) anuncio que fue aprobado por el Poder Ejecutivo, mediante el decreto 286-26, una transformación al Reglamento para la Prescripción y Dispensación de Medicamentos Ambulatorios en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), la que tiene como objetivo permitir a los afiliados lograr la cobertura de sus medicamentos, aunque la receta haya sido prescrita por un médico no contratado por su Administradora de Riesgos de Salud (ARS).
La medida promete un importante avance para los afiliados, por favorecer el acceso oportuno a los medicamentos y disminuir las restricciones que, en muchas ocasiones, hacía más difícil la continuidad de tratamientos médicos.
La gerente general del CNSS, Aura Celeste Fernández Rodríguez, expresó que la medida tomada fortalece la continuidad de la atención en salud.
“Con esta disposición, los afiliados podrán continuar sus tratamientos sin interrupciones, aun cuando consulten médicos fuera de la red contratada por su ARS, garantizando la libertad de elección y la continuidad de la atención médica”, comunicó.
Asimismo, señaló que la reforma al numeral 16 del artículo 3 del Reglamento para la Prescripción y Dispensación de Medicamentos Ambulatorios representa un paso significativo en el proceso de fortalecimiento y modernización del Seguro Familiar de Salud, con el propósito de garantizar a la población un acceso más oportuno a los servicios sanitarios.
Recordó que el decreto 286-26, emitido el 27 de abril de 2026, da cumplimiento a lo establecido en el dispositivo noveno de la resolución No. 533-01 del CNSS, aprobada el 8 de octubre de 2021.